DIGITALISMO_ Piden parlamento abierto para Carta de Derechos Digitales

Los Derechos Digitales son una extensión de los derechos humanos en una sociedad digital; cada vez se escucha más de ellos e, incluso, algunos países como España han creado una carta que los reconoce, con el fin de enfrentar los retos que impone el acelerado avance de la digitalización. En México se pide que la propuesta para la creación de un documento de este tipo se lleve a un parlamento abierto.

En el 2021, España aprobó su carta con 25 Derechos Digitales, la cual no tiene carácter normativo, pero fue creada para funcionar como un marco de referencia para impulsar nuevas leyes en torno a aquellos derechos que, estando contemplados en ella, aún no se incluyen dentro de un ordenamiento jurídico.

Al igual que en España, en México se está impulsando una carta a fin de robustecer el reconocimiento de los derechos en el mundo digital, como un código de buenas prácticas que pueda tener eco en la creación de políticas públicas y leyes para la plena protección de dichas garantías.

Sin embargo, de acuerdo con expertos, la propuesta de «Carta de derechos de la persona digital. Código de buenas prácticas», elaborada por la Comisión de Datos Personales del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, sí se requiere una carta de esta naturaleza pero que surja de un análisis más profundo y de un parlamento abierto.

Rafael Morales, investigador del Laboratorio de Innovación Cívica de la UNAM, considera que el documento lejos de abonar a la discusión dificulta la comprensión de algunos temas, pues ha salido sin un consenso con la academia, la sociedad civil y la industria, y carente de una perspectiva integral sobre el mundo digital y su relación con toda la política regulatoria.

“Esta carta no abona a la discusión, oscurece más bien el debate con términos tan ambiguos como persona digital, perfil digital… temas incomprensibles como los neuroderechos, que también son incorporados … El riesgo es que si se aprueba puede ser considerada como insumo para la toma de decisiones por parte de los legisladores del país”.

En entrevista, el especialista destacó que el Legislativo necesita insumos que le permitan orientar el criterio, pero ejercicios de este tipo requieren de un parlamento abierto y ciudadano donde se aporten diversas perspectivas para lograr una mayor comprensión de un problema tan complejo como pueden ser los temas de derechos digitales.

“Necesitamos cambiar el procedimiento y permitir que los expertos, los funcionarios, la sociedad en general, se puedan pronunciar sobre estos aspectos… Siendo tan importante en términos de su planteamiento está perdiendo relevancia para que sirva como un insumo en estas discusiones tan trascendentes para el país”.

Para Javier Martínez, excomisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (Infoem), indicó que el enfoque planteado en esta carta sobre los neuroderechos es prohibitivo, limita el uso de la tecnologías para combatir las enfermedades como Alzheimer y Parkinson.

“Si vamos a hablar de neuroderechos, hablemos de bioética, entendiendo que es importante el desarrollo de las tecnologías pero siempre entendiendo que hay un límite ético que no se puede trastocar y dejar el libre albedrío o autodeterminación en la persona y no sea sujeta o manipulable por algún desarrollo tecnológico”.

Martínez Cruz, director de JMC Data Pretium, afirmó en entrevista que esta carta debe de ser un punto de partida o un marco de acción, donde cada derecho en sí mismo invoca una serie de especialistas, disciplinas, contexto y diferentes sectores que tendrán que dar el debate.

“España nos mostró eso. Caminó primero con una ley, después su Carta de Derechos Digitales y hoy está volviendo a regular de nuevo el nuevo marco jurídico; entonces, eso ni siquiera nos da parámetros para aterrizar políticas públicas reales y se ha quedado muy corta la propuesta”.

La Carta de Derechos de la Persona Digital se integra por ocho capítulos: Igualdad digital; Libertades en el entorno digital; Derecho a la seguridad y protección de datos personales; . Derechos a la participación, a la democracia y al buen gobierno digital; Derechos laborales.

Asimismo, Derechos de las personas en situación de vulnerabilidad y de atención prioritaria; Neuroderechos; Medios de defensa y derechos de las víctimas del delito cibernético, violencia digital y de violaciones a derechos humanos.

CON INFORMACIÓN VÍA CONSUMO TIC

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