FCC de Estados Unidos pierde su autoridad para asignar espectro, mientras China avanza con 5G

La Comisión Federal de Comunicaciones de los Estados Unidos (FCC) perdió temporalmente la facultad de asignar frecuencias de espectro, después de que el Senado de ese país no logró un consenso para ampliar hasta el 19 de mayo próximo las discusiones en esta materia y que eventualmente hubieran permitido renovar por otros diez años la autoridad de la FCC para subastar bandas radioeléctricas.

De esta manera, Estados Unidos no cuenta hoy con una autoridad sectorial que se encargue de licitar frecuencias para servicios de telecomunicaciones, como telefonía o Internet y otros servicios de nueva generación, mientras China, su rival tecnológico, avanza con la disposición de asignar diversas bandas en su propio mercado para cobertura y capacidad y con la construcción hasta el 2022 de más de un millón de estaciones sólo para servicios 5G.

La Cámara de Representantes había aprobado en febrero prorrogar hasta mayo esta facultad de la FCC, luego de que el periodo en curso vencía el 9 de marzo y tras diez años de vigencia, y en tanto la FCC apuraba procesos de asignación de frecuencias. El Senado tampoco ratificó el acuerdo aprobado por la Cámara de Representantes.

Entre las discusiones en el Senado estadounidense se originaron diversos desencuentros de los políticos por votar la llamada Ley de Innovación del Espectro, que también repercutió en la revalidación de las facultades de la FCC.

Entre otras asignaturas, la aprobación de esa ley también habría permitido canalizar hasta 10,000 millones de dólares a la actualización de sistemas de emergencia como el número 911, con recursos obtenidos de los gravámenes que impone el país por la explotación de frecuencias.

El Senado tampoco tomó una decisión de que si en caso de que la FCC perdiera su facultad de asignar frecuencias, sería entonces la Administración Nacional de Telecomunicaciones e Información (NTIA) la autoridad encargada de entregar ese tipo de concesiones.

La Comisión Federal de Comunicaciones, la autoridad equivalente al Instituto Federal de Telecomunicaciones de México (IFT), urgió al Congreso de los Estados Unidos a alcanzar acuerdos que le permitan recuperar pronto su atribución de concursar frecuencias radioeléctricas.

La FCC confió en que el Congreso “restablezca rápidamente” su facultad para licitar las frecuencias.

Esta autoridad indicó que en 30 años ha organizado más de un centenar de concursos de espectro en el mercado y permitido que el Tesoro de los Estados Unidos se haga con recursos por hasta 233,000 millones de dólares.

“Durante tres décadas, la autoridad de la FCC para subastar las ondas de radio de la nación ha sido una herramienta indispensable para aprovechar la promesa de las nuevas tecnologías inalámbricas. Tecnologías que al mismo tiempo estimulan el crecimiento económico, crean empleos y fortalecen nuestra seguridad nacional y liderazgo global. Una y otra vez nuestras subastas han demostrado ser un enorme motor para la innovación del mercado y el floreciente ecosistema de Internet, y para expandir el alcance de la conectividad de próxima generación para todos y en todas partes”, dijo la FCC.

“La FCC ha realizado 100 subastas y ha recaudado más de 233,000 millones de dólares en ingresos y desbloqueado beneficios extraordinarios para el pueblo estadounidense. Esperamos que la autoridad de subastas de la FCC se restablezca rápidamente”, dijo el regulador.

La CTIA, la cámara que en Estados Unidos representa a la industria móvil y donde participan compañías como Verizon, T-Mobile o AT&T, indicó que el trabajo del regulador FCC ha permitido que este tipo de empresas inviertan hasta 265,000 millones de dólares por la explotación de frecuencias en servicios móviles, generando además 4.5 millones de empleos y un PIB de 825,000 millones de dólares.

“El Congreso nunca ha permitido que la autoridad de subasta de espectro de la FCC caduque hasta ahora (…) Sin esta autoridad y espectro para satisfacer la demanda acelerada de banda ancha inalámbrica, Estados Unidos corre el riesgo de quedarse atrás de China y otras naciones para liderar a nivel mundial en nuevas innovaciones 5G y las industrias del futuro”, dijo la CTIA.

Con información de El Economista

IFT amplía 43 días la consulta pública sobre la preponderancia de Telmex y Telcel

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) prorrogó por 43 días naturales la consulta pública no vinculante con la que busca recabar opiniones respecto a la efectividad de la política regulatoria asimétrica que aplica a las empresas del grupo América Móvil (AMX) desde el año 2014 por su demasiada acaparación del mercado fijo y celular, entre ellas Telmex y Telcel.

La consulta pública tendrá ahora una vigencia que concluye el 30 de marzo, desde el 15 de febrero originalmente fijado por el IFT como fecha última para que los actores de la industria y público en general pudieran presentar sus opiniones.

Días atrás, la Cámara Nacional de la Industria Electrónica de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Canieti) solicitó al IFT considerar una prórroga de 90 días a la consulta, con lo que ésta hubiese concluido así el próximo mes de mayo.

América Móvil, a través de las empresas Telmex y Telcel, también solicitó a la autoridad a no consentir esa ampliación, a fin de evitar incertidumbre en el sector de telecomunicaciones y para no retrasar cualquier tipo de posible modificación a la política regulatoria. La empresa Red Nacional Última Milla también se sumó con la misma posición a la postura de AMX.

“El periodo para participar en esta consulta pública y enviar tus comentarios para evaluar el impacto, en términos de competencia, de las medidas impuestas al Agente Económico Preponderante de Telecomunicaciones se amplió hasta el 30 de marzo”, comunicó el IFT.

Semanas atrás, el Instituto Federal de Telecomunicaciones aprobó la realización de una consulta pública para conocer el impacto de la regulación creada puntualmente para el grupo América Móvil y sus empresas filiales.

La consulta, definida para realizarse primero entre el 4 de enero y el 15 de febrero de este año, hace parte de las revisiones bianuales del IFT a la efectividad de la regulación particular que pesa sobre Telmex, Telnor, Telcel y otras empresas de AMX desde el año 2014 y que con el tiempo se ha ido actualizando, como por ejemplo en 2021 que el IFT consintió una libertad tarifaria para Telmex en 52 municipios del país.

Las revisiones tienen el objetivo de conocer la efectividad de la regulación asimétrica para América Móvil, y si es conveniente para el mercado mexicano de telecomunicaciones modificar o suprimir partes de ella, incluso si es necesario establecer una nueva regulación orientada a equilibrar el mercado a favor de los consumidores, después de que Telcel roza hoy los 82 millones clientes móviles, diez millones más que cuando el IFT le impuso su regulación asimétrica, como demandan Telefónica Movistar y AT&T.

Pero, por el contrario, Telmex ha sufrido pérdidas financieras y ha perdido importantes cuotas de mercado en telefonía fija y banda ancha, a favor de Izzi Telecom, Megacable y Totalplay —afiliados todos de Canieti—, que en 2022 rebasaron la marca del 50% de participación en varios de esos nichos de mercado de distintas ciudades de la República, hechos que animaron al IFT a valorar a algunas de esas empresas también como agentes con poder sustancial de mercado.

La del 2023 resulta ser la tercera revisión bienal del IFT a la regulación asimétrica. En 2021, el Instituto Federal de Telecomunicaciones consintió que Teléfonos de México pudiera determinar libremente las tarifas por el servicio de acceso indirecto al bucle local que se utiliza en la provisión de Internet y telefonía fija. Esta fue el primer cambio hecho por la autoridad a su política regulatoria sobre Telmex en siete años.

Con información de El Economista

El IFT informa sobre la resolución de un procedimiento administrativo en contra de Teléfonos de México (Comunicado 5/2023) 12 de enero

“El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) resolvió, en su décima sesión extraordinaria celebrada el 9 de diciembre de 2022, el procedimiento administrativo instaurado en contra de Teléfonos de México, S.A.B. de C.V. bajo el número de expediente E-IFT.UC.DG-SAN.I.0041/2018 y su acumulado E-IFT.UC.DG-SAN.I.0075/2019, del cual la empresa ha sido debidamente notificada.

Sobre este caso, tras un exhaustivo estudio del expediente, el Pleno determinó que, con base en las pruebas y defensas aportadas en el expediente, no es posible entrar al análisis del fondo de la conducta finalmente imputada, ni concluir sobre el incumplimiento y, en consecuencia, la imposición de una sanción.

Es oportuno señalar que cada asunto debe ser analizado en sus méritos a partir de la evidencia, imputaciones, pruebas y defensas que se aportan en el procedimiento y que forman parte del expediente respectivo. En este sentido, el expediente resuelto en este procedimiento es significativamente diferente del analizado y votado en enero de 2020 en el que se le impuso una multa a Telnor, filial de Telmex.

La resolución del Pleno está técnica y jurídicamente fundamentada, en cumplimiento al marco legal y conforme a las facultades conferidas a este órgano regulador, respetando las garantías de cualquier ente regulado. Al igual que todos los casos que corresponde resolver al máximo órgano de gobierno del Instituto, éste se condujo en estricto apego al estado de Derecho.

La transparencia en sus actos y resoluciones ha caracterizado la labor de este órgano autónomo, los cuales están a disposición de cualquier interesado para su consulta en el portal de internet del Instituto, una vez que se cuenta con las versiones públicas, conforme a la legislación en materia de transparencia y acceso a la información pública.”

Información vía IFT (COMUNICADO DE PRENSA)

Televisa también impugna la sentencia que derribó una resolución del IFT en TV de paga

Grupo Televisa impugnó una sentencia del Poder Judicial que le dio la razón frente una resolución sobre poder sustancial de mercado en televisión de paga, que fue emitida en su contra por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en noviembre de 2020.

Este lunes, el IFT indicó que promoverá un recurso de reclamación respecto a la sentencia de un juzgado especializado en telecomunicaciones que le ordenó reponer sus análisis y considerar en éstos una serie de elementos adicionales de contexto, para determinar si Grupo Televisa es en definitiva un agente con poder sustancial de mercado en televisión de paga.

A pesar de que Grupo Televisa ganó un amparo contra la determinación del IFT que la señalaba como una empresa de telecomunicaciones con capacidad de influir negativamente en el negocio de la televisión de paga en 35 localidades de siete estados de la República, la compañía consideró que el juzgador no tomó en cuenta otros dos elementos que hubieran reforzado todavía más su argumentación contra la resolución del IFT.

En su solicitud original de amparo contra la resolución del IFT, la empresa presentó 14 argumentos, pero el juzgador sólo consideró a dos ellos como válidos.

Por ello, el cuerpo jurídico de Grupo Televisa interpuso un recurso de revisión de la sentencia emitida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México.

Grupo Televisa busca de esta manera conseguir que el juzgador analice los dos argumentos y en caso de hallarlos procedentes, Televisa conseguiría reforzar su argumentación frente a la autoridad reguladora y entonces el Instituto Federal de Telecomunicaciones tendría argumentos adicionales en contra que lo obligarían a rehacer sus análisis con base en otro contexto, alejando todavía más la posibilidad de señalar a Televisa como un agente con poder sustancial de mercado en televisión restringida.

Por ahora, el recurso de revisión interpuesto por los abogados de Grupo Televisa ya ha sido aceptado por el Poder Judicial.

En octubre pasado, ese juzgado especializado en telecomunicaciones y radiodifusión concedió el juicio de amparo indirecto con expediente 6/2021 a Grupo Televisa, desde el que se ordenó al IFT realizar un nuevo análisis en el que considere ahora un contexto con tendencias de mercado y otros patrones de consumo de los servicios de audio y video restringido, y los efectos también de la existencia de las plataformas proveedoras de contenidos bajo demanda u OTT.

Ese juzgado fue la primera instancia del Poder Judicial que desechó la resolución P/IFT/181120/436 del IFT, aprobada el 18 de noviembre de 2020 y a través de la que se declaró a Televisa como agente con poder sustancial de mercado en televisión de paga tras la adquisición de activos de infraestructura y usuarios anteriormente atendidos por la empresa Axtel.

El IFT sostiene que Grupo Televisa sí tiene la capacidad de fijar precios o de establecer otras tácticas comerciales a su favor en el negocio de la televisión de paga de todos esos 35 mercados relevantes, sin que el resto de sus competidores en esas localidades tenga la capacidad de frenar sus acciones.

Grupo Televisa presentó una demanda de amparo el 18 de diciembre de 2020 contra la resolución del IFT emitida en noviembre de ese mismo año.

La empresa indicó entonces que el IFT declaró como agente con poder sustancial de mercado a una de sus empresas subsidiarias que no cuenta con una concesión para ofrecer servicios de telecomunicaciones en el mercado masivo. Televisa también dijo que el IFT excedió los plazos legales en sus investigaciones para resolver si la empresa era o no un agente con poder sustancial, en tanto que, según Televisa, la notificación de la resolución también ocurrió fuera de los plazos legales.

Televisa aseguró además que la resolución del IFT era muy generalista sobre los 35 mercados estudiados y no contemplaba criterios como patrones de comportamiento de los usuarios, características demográficas, socioeconómicas y de competencia, pues éstas varían en cada uno de los 35 municipios determinados como los mercado relevantes. Todos esos argumentos y otros más fueron derribados por el juzgador especializado, pero dos de ellos son los que Televisa ha solicitado al juzgador para su reconsideración.

El juez Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, sí aceptó en su oportunidad dos argumentos de Televisa contra la resolución de poder sustancial y éstos fueron respecto a que en su investigación el IFT no consideró información más reciente sobre el estado de los mercados analizados y tampoco puso atención a elementos de análisis prospectivo sobre la evolución y el dinamismo futuro del mercado en los 35 mercados relevantes objeto de esta historia.

El IFT, durante la conformación de su resolución, desaprovechó además el valor probatorio del documento “Pronósticos de los servicios de telecomunicaciones”, con fecha del 30 de septiembre de 2019 y elaborado por la Coordinación General de Planeación Estratégica del mismo Instituto Federal de Telecomunicaciones, con el que la autoridad hubiese sustentado con mayor fortaleza su declaratoria de poder sustancial contra Televisa, indicó el juzgador.

El juez resolvió que el IFT, en sus trabajos para analizar la sustituibilidad de los servicios OTT y STAR, se basó en criterios que de antemano advertían que ambos servicios no son sustitutos y omitió comprobar si los OTT son también una alternativa de servicio a los paquetes de oferta de los STAR, como para ejercer presión competitiva en el mercado y con lo que su resolución final sobre poder sustancial hubiese tenido otro resultado.

Por todo ello, el juzgador concedió el amparo con número de expediente 6/2021a Grupo Televisa.

En noviembre del 2020, el IFT resolvió el expediente AI/DC-002-2019 de la Autoridad Investigadora del mismo instituto.

La investigación era resultado de las sospechas de la Autoridad Investigadora respecto la posibilidad de que Televisa se hubiese convertido entonces en un agente con poder sustancial tras adquirir una serie de activos a Axtel.

Antes, el 17 de diciembre de 2018, las empresas Axtel y Televisa anunciaron al IFT un acuerdo de compraventa de activos de Axtel a favor de Televisa por un valor entonces de 240 millones de dólares, que incluyó el traspaso de 227,802 clientes residenciales y 4,432 kilómetros de redes de fibra óptica a Televisa. Esta concentración se radicó desde esa ocasión en el expediente AVC-002-2018.

Desde entonces, la Autoridad Investigadora sospechó de un posible poder sustancial de Televisa, luego de que esa empresa llegaría a tener el 76.7% del negocio de la televisión restringida en Aguascalientes; el 64.2% en Ciudad Juárez; el 66.2% en Zapopan; el 68.4% en San Luis Potosí capital; el 73.9% en Monterrey y el 75.0% en la Ciudad de México, todo tras la compraventa de los activos de Axtel y por ello inició la investigación que ahora vive este nuevo capítulo.

Con Información de El Economista

Pide municipio de Tamaulipas que Telmex pague 365 mdp por uso de infraestructura

El municipio de Ciudad Victoria, Tamaulipas gobernado por el alcalde morenista, Eduardo Abraham Gattás Báez, exigió a Teléfonos de México (Telmex) el pago de 365 millones de pesos por derechos sobre uso de la infraestructura municipal que la empresa telefónica ha utilizado sin pagar los debidos impuestos.

La autoridad municipal ha hecho ya 5 requerimientos a la empresa de telecomunicaciones sin respuesta alguna e incluso ha generado la orden de pago respectiva, por un total de 365 mdp, para la “Licencia de Construcción para Instalaciones Áreas o Subterráneas para la Explotación de Servicios Digitales de Cualquier Tipo”, pero sin respuesta alguna, informó el municipio.

De acuerdo a las autoridades morenistas de ese municipio, la empresa de telecomunicaciones carece de las licencias y permisos correspondientes para el tendido de fibra óptica, según lo que establece el Reglamento de Construcción y la Ley de Ingresos de los Municipios del estado de Tamaulipas para el ejercicio fiscal 2022.

El municipio llamó a la empresa para establecer comunicación y resolver a la brevedad esta problemática pues explicó que esos recursos serán utilizados para obra, infraestructura y el fortalecimiento de los programas sociales.

Las autoridades morenistas acusan que Telmex se encontraba operando sin realizar el pago debido por el uso de la infraestructura municipal, colocando sus redes de tendido de fibra óptica, cobraba a sus competidores por el uso de la misma, obteniendo ingresos millonarios por ello, además de lo generado por su propia actividad. Lee también

Además de las sanciones económicas el municipio ha suspendido varios puntos de tendido de fibra óptica de la empresa, quien de no regularizar su situación y cubrir su adeudo podría inclusive ser sujeta a la práctica del embargo de los materiales utilizados en dichas obras.

Según el municipio a este adeudo de 365 millones de pesos se suma una multa por no haber realizado el pago de derechos en tiempo y forma.

Con Información de La Crónica

IFT impugnará la sentencia que tira su análisis de poder sustancial en TV de paga contra Televisa

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) combatirá una sentencia del Poder Judicial que desechó la resolución con la que declaró a Grupo Televisa como un agente económico con poder sustancial de mercado en la prestación del servicio de audio y video restringidos en 35 localidades de siete estados de la República Mexicana.

El IFT exteriorizó este lunes 5 de diciembre que Televisa sí tiene la capacidad de fijar precios o de establecer otras tácticas comerciales a su favor en el negocio de la televisión de paga de todos esos 35 mercados relevantes, sin que el resto de los competidores de allí tenga la capacidad de frenar sus acciones.

En octubre pasado, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con sede en la Ciudad de México, concedió el juicio de amparo indirecto con expediente 6/2021 a Grupo Televisa, desde el que se ordenó al IFT realizar un nuevo análisis en el que considere ahora un contexto con tendencias de mercado y otros patrones de consumo de los servicios de audio y video restringido, y los efectos también de la existencia de las plataformas proveedoras de contenidos bajo demanda u OTT.

Esta fue la primera instancia del Poder Judicial que desechó la resolución P/IFT/181120/436 del IFT, aprobada el 18 de noviembre de 2020 y a través de la que se declaró a Televisa como agente con poder sustancial de mercado en televisión de paga tras la adquisición de activos de infraestructura y usuarios anteriormente atendidos por Axtel.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones indicó que presentará un recurso de reclamación ante el Poder Judicial, confirmando así que, por ahora, no hará un nuevo análisis para determinar si Televisa es o no un agente con poder sustancial en ese segmento de negocio. https://dc35e578b3bc9f95a27d1bb7a67bb4cb.safeframe.googlesyndication.com/safeframe/1-0-40/html/container.html?n=0

Esto se ha resuelto en una primera instancia… Lo que sí todavía queda es acudir a la segunda instancia y nosotros estaremos atentos y respetuosos a lo que en esa instancia se determine (…) Si la determinación es que se tiene que repetir la investigación, tomar nuevas consideraciones como dice esta sentencia, es lo que tenemos que hacer para poder cumplir con una sentencia del Poder Judicial”, dijo Javier Juárez, comisionado presidente del IFT.

Grupo Televisa ganaba así al IFT un primer episodio de esta batalla legal y alejaba, por ahora, una serie de obligaciones regulatorias especificas en criterios como la vigilancia constante de su calidad de servicio, la revisión de ofertas comerciales, de tarifas de precios y de facturación, y la presentación constante de información que demostrara al IFT que Televisa no entorpece la competencia en esos 35 mercados relevantes.

En octubre, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones validó dos argumentos de un total de 14 que Televisa presentó para atajar la declaratoria de resolución de poder sustancial del IFT. La compañía argumentó y demostró entonces vicios y violaciones en cuanto la realización de la investigación y los tiempos de notificación de la resolución del IFT, entre otros hechos.

Televisa presentó una demanda de amparo el 18 de diciembre de 2020 contra la resolución del IFT emitida en noviembre de ese mismo año, pero la solicitud de la compañía se admitió a trámite hasta el 19 de febrero de 2021 por las repercusiones que la emergencia sanitaria tuvo en los trabajos del Poder Judicial.

Entre sus argumentos, la quejosa indicó que el órgano regulador declaró como agente con poder sustancial de mercado a una de las empresas del grupo que no cuenta con una concesión para ofrecer servicios de telecomunicaciones en el mercado masivo. Televisa también indicó que el IFT excedió los plazos legales en sus investigaciones para resolver si la empresa era o no un agente con poder sustancial, en tanto que, según Televisa, la notificación de la resolución también ocurrió fuera de los plazos legales.

Además, añadió Televisa, la resolución del IFT era muy generalista sobre los 35 mercados estudiados y no contemplaba criterios como patrones de comportamiento de los usuarios, características demográficas, socioeconómicas y de competencia, pues éstas varían en cada uno de los 35 municipios determinados como los mercado relevantes. Todos esos argumentos y otros más fueron derribados por el juzgador especializado.

Pero el juez Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, sí aceptó dos argumentos de Televisa contra la resolución de poder sustancial, fueron respecto a que en su investigación el IFT no consideró información más reciente sobre el estado de los mercados analizados y tampoco puso atención a elementos de análisis prospectivo sobre la evolución y el dinamismo futuro del mercado en los 35 mercados relevantes objeto de esta historia.

El IFT, durante la conformación de su resolución, desaprovechó además el valor probatorio al documento “Pronósticos de los servicios de telecomunicaciones”, con fecha del 30 de septiembre de 2019 y elaborado por la Coordinación General de Planeación Estratégica del mismo Instituto Federal de Telecomunicaciones, con el que la autoridad hubiese sustentado con mayor fortaleza su declaratoria de poder sustancial contra Televisa.

El juzgador resolvió que el regulador, en sus trabajos para analizar la sustituibilidad de los servicios OTT y STAR, se basó en criterios que de antemano advertían que ambos servicios no son sustitutos y omitió comprobar si los OTT son también una alternativa de servicio a los paquetes de oferta de los STAR, como para ejercer presión competitiva en el mercado y con lo que su resolución final sobre poder sustancial hubiese tenido otro resultado.

Por todo ello, el juzgador concedió el amparo a Grupo Televisa.

La resolución del juzgado ocurrió el 13 de octubre pasado y ahora el IFT afirma que combatirá su sentencia y continuará así un litigio en el Poder Judicial, hasta que en última instancia el caso llame la atención de la Suprema Corte de Justicia de la Unión (SCJN) y sea esa autoridad la que resuelva en definitiva si Televisa es o no un agente con poder sustancial de mercado en la televisión de paga de esos 35 municipios.

En noviembre del 2020, el IFT resolvió el expediente AI/DC-002-2019 de la Autoridad Investigadora del mismo instituto.

La investigación era resultado de las sospechas de la Autoridad Investigadora respecto la posibilidad de que Televisa se hubiese convertido entonces en un agente con poder sustancial tras adquirir una serie de activos a Axtel.

Antes, el 17 de diciembre de 2018, las empresas Axtel y Televisa anunciaron al IFT un acuerdo de compraventa de activos de Axtel a favor de Televisa por un valor entonces de 240 millones de dólares, que incluyó el traspaso de 227,802 clientes residenciales y 4,432 kilómetros de redes de fibra óptica a Televisa. Esta concentración se radicó desde esa ocasión en el expediente AVC-002-2018.

Desde entonces, la Autoridad Investigadora sospechó de un posible poder sustancial de Televisa, luego de que esa empresa llegaría a tener el 76.7% del negocio de la televisión restringida en Aguascalientes; el 64.2% en Ciudad Juárez; el 66.2% en Zapopan; el 68.4% en San Luis Potosí capital; el 73.9% en Monterrey y el 75.0% en la Ciudad de México, todo tras la compraventa de los activos de Axtel y por ello inició la investigación que ahora vive este nuevo capítulo.

Con información de El Economista

Oportuno revisar regulación vigente sobre Big Tech y los OTT

La enorme cantidad de contenidos y de información de la que hoy dispone la población muestra el indiscutible beneficio que genera el actual entorno digital, sin embargo, la elevada concentración en las denominadas Big Tech también explica el control y poder que ejercen en la sociedad, por lo que revisar la regulación vigente sobre este sector, nunca fue tan oportuno y necesario.

Al moderar el panel “Regulación de las “big tech” (gatekeepers) y OTT y su posible implicación”, Arturo Robles Rovalo, comisionado del IFT, detalló que datos de consultoras especializadas muestran que antes de la pandemia los ingresos combinados de las denominadas Big Tech crecían a un ritmo de sólo 12 por ciento; sin embargo, para el periodo 2020-2021, sus recursos pasaron de 1.1 billones de dólares, a 1.4 billones de dólares, registrando una tasa de crecimiento del 27 por ciento.

En el sector de las Over The Top (OTT) la tendencia es similar. En el segundo trimestre de 2021, estas empresas sumaban en conjunto 524 millones de suscriptores de pago en el mercado de streaming, con una tasa de crecimiento del 30 por ciento, respecto al 2020. La expectativa para el 2022 es que los ingresos de este sector alcancen 275 mil millones de dólares.

Robles Rovalo detalló que esta dinámica de crecimiento define por qué las Big Tech se han convertido en el intermediario indispensable para las tiendas de aplicaciones, para el posicionamiento de buscadores, en los servicios de almacenamiento en la nube y claves en los canales de distribución digital.

Su incursión en distintos modelos de negocio hace indispensable revisar la regulación vigente, pues la posición dominante que podrían tener las Big Tech en la economía digital ha “encendido ciertas alertas” en el entorno de la competencia económica, particularmente por el acceso que tienen a una enorme cantidad de datos relevantes de las telecom y las TIC, y porque llegan a definir quién puede hacer uso de tal o cuál infraestructura, incurrir en barreras de acceso a nuevos jugadores o tener dominancia de mercado en algún sector.

Maryleana Méndez Jiménez, Secretaria General de la Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones (ASIET), destacó el desbalance regulatorio predominante desde hace muchos años entre los operadores telecom y los proveedores de OTT y Big Tech, pues mientras los primeros deben cumplir con licencias de espectro, pago de multas en casos de incumplimiento, obligaciones de servicio universal, integración al Régimen fiscal; en el caso de los segundos, ninguno de estos requisitos son obligatorios, salvo en el tema fiscal que depende de la decisión de cada mercado en Latinoamérica.

La experta llamó la atención para resaltar no sólo la penetración masiva que gozan tanto las Big Tech como las OTT, sino la facilidad que tienen algunas de ellas para hacerse de suscriptores en volúmenes de miles de millones de usuarios por mes, lo que representa un tiempo récord.

Todo ello ha propiciado que en América Latina ya se tengan algunas tendencias en materia de regulación y de carácter fiscal para las Big Tech y los OTT, incluso el inicio de algunas investigaciones por dominio de mercado, en materia de cobros y de información falsa.

La incursión de los OTT en mercados tradicionales como los servicios de TV de paga, aunque aún no se pueden considerar equivalentes, ya empiezan a mostrar una similitud bastante amplia, sin embargo, en materia de Telecom, existe evidencia de un impacto directo de los servicios que ya otorgan estos oferentes.

Méndez Jiménez destacó que ante el claro desbalance regulatorio que hay entre estos sectores (Telecom vs Big Tech y OTT), se hace evidente la necesidad de que los órganos reguladores simplifiquen la regulación hacia los operadores de telecomunicaciones para que de tal forma que faciliten la inversión que realizan.

“La innovación regulatoria será básica para hacer país por país y determinar la regulación que fuese necesaria para los OTT masivos”, concluyó.

La presencia de las Big Tech sin duda ha generado una gran competencia y una constante evolución inacabada, en tanto que las OTT continúan creciendo y expandiéndose de manera acelerada, lo que dificulta saber si es oportuno en este momento -salvo en los casos estrictamente necesarios- regular estos mercados, puesto que aún se desconoce su nivel de madurez, aseguró Miguel Flores Barnes, abogado en Greenberg Traurig LLPL.

Coincidió en el desbalance regulatorio que hay entre estos sectores, pero el nivel de evolución y la rapidez con la que se están expandiendo las Big Tech y los OTT, hace prudente esperar aún para establecer una regulación mucho más puntual, que pudiera restringir o distorsionar la competencia que han generado; “todavía no estamos listos, cuando menos en México”.

Recomendó las investigaciones de mercado que en México se tiene como recurso para evitar barreras al acceso a mercado o a insumos esenciales, mecanismos que se deben de aprovechar y que afortunadamente se tienen en la Ley de Competencia Económica.

Sin embargo, reconoció el gran poder que les otorga a las Big Tech y las OTT el gran volumen de información y datos personales que han logrado acumular y que les ha otorgado un amplio poder, por la variedad, volumen y velocidad que han logrado obtener, con lo cual han llegado a conocer más las preferencias y gustos que el propio consumidor, y que podría representar una barrera para las empresas que carezcan de esta información.

CON INFORMACIÓN VÍA CONSUMO TIC

Ante posibles prácticas monopólicas en México el IFT investiga tiendas de aplicaciones de Internet

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) -regulador mexicano de telecomunicaciones y radiodifusión- anunció que tras una denuncia comenzó a investigar el funcionamiento de las tiendas de aplicaciones en Internet y “sus mercados relacionados”, ya que podrían estar desarrollando prácticas monopólicas. El IFT no mencionó explícitamente cuáles son las compañías involucradas que se investigan. No obstante, el mes pasado el regulador recibió una denuncia del último Comisionado Presidente de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (COFETEL), Mony de Swann Addati, quien acusó a Google y Apple de realizar estas prácticas monopólicas.

El IFT comunicó que se está estudiando si ciertas compañías desarrollan “ventas atadas” en sus tiendas de aplicaciones, donde se condicionaría a los usuarios a utilizar solamente sus propios sistemas de pagos. También se analiza si se efectuaron acciones que pudieron “incrementar los costos u obstaculizar el proceso productivo” de otros agentes económicos.

Según De Swaan, los procesadores de pago que emplean estas compañías cobran comisiones excesivas que “encarecen artificialmente el precio de los bienes digitales”, al mismo tiempo que se quedan con la información de los usuarios y la usan para seguir consolidando su posición dominante en el mercado. 

El IFT informó que la investigación empezó el 29 de septiembre y puede tener una duración de entre 30 y 120 días hábiles, plazo que puede ser ampliado por razones justificadas. A su vez, se menciona que cualquier persona que quiera aportar información o elementos a la investigación, podrá hacerlo.

CON INFORMACIÓN VÍA OBSERVACOM

Teletrabajo infantil, ¿oportunidad o explotación?

En los últimos años se han adelantado nuevas formas de trabajo que, aunque se esperaban fueran desarrollándose a corto plazo, tuvieron necesidad de acelerarse debido al impacto de la pandemia de Covid-19 dado que muchos procesos industriales y de servicios fueron frenados de tajo. En ese sentido, la urgencia de reponer los procesos de producción, así como preservar empleos, trasladó miles de mecanismos productivo, rumbo a un desarrollo vía remota. Pero no todos los empleadores y trabajadores estaban preparados.

Sin embargo, la transformación laboral acelerada sólo fue posible para algunas empresas, para las que pudieron sostener dicho cambio, pues la transición necesitó un modelo de capacitación diferente y millones de dólares en infraestructura para un desarrollo óptimo en el campo de producción laboral.

Organizar, gestionar y capacitar en nuevas formas remotas de trabajo, o de adhesión de nueva infraestructura tecnológica, fue apenas una pequeña parte dentro de un todo, donde factores de capital humano debían ser conectados con tecnologías que cuidaran datos personales y previnieran fugas de información o mal uso de herramientas, paralelamente a las funciones que ya desarrollaban. Por último, se tuvo que reconfigurar el mapeo interno de producción, tanto de manufacturas como de servicios. Todo esto representó un camino cuesta arriba para muchos.

Estábamos tratando de adaptarnos a dichos procesos, cuando muchas empresas, nacionales e internacionales, se percataron que los más capacitados para el trabajo remoto no eran los adultos, sino los jóvenes, que con la destreza autodidacta, propia de su generación, tenían los conocimientos que requerían para hacer funcionar procesos debidamente protegidos.

Nos referimos a actividades relacionadas con el desarrollo de códigos, sistemas, nanotecnología, mecatrónica y muchas más, las cuales son relevantes en la transformación de procesos, ideas, soluciones e instrucciones en un lenguaje que las computadoras puedan entender. Es la forma en que los humanos establecen algoritmos de reconocimiento y comunicación con la inteligencia artificial por medio de las cuales se pueden realizar diferentes acciones. Aclarando el tema, no todos tienen dichas competencias, pero muchas personas jóvenes, especialmente adolescentes, pertenecen a estas élites de conocimientos exclusivos.

Muchas personas suelen pensar que manejar tecnología que se adquiere para uso personal, como computadoras y dispositivos digitales que ya vienen con procesos de codificación diseñados para su uso, es suficiente para la administración de la tecnología que necesita una empresa. Sin embargo, esto no tiene nada que ver con la innovación que suelen requerir las compañías como factor de actualización, por ejemplo, el uso de la Inteligencia Artificial o el manejo del Big Data.

Se trata de cosas diferentes. En el caso de las empresas o empleadores, la adecuación de estos medios es mucho más lenta, debido a lo sofisticado del tema, ya que implica una conversión de procesos estandarizados e inversión económica. No se trata de comprar una computadora y usarla, sino de adaptar algoritmos para poder detectar compradores, líneas productivas, ensambles de semiconductores, manejar errores, producir la recolección de datos de calidad y evitar ineficiencias en el sistema para cada necesidad.

Teletrabajo y menores de edad

El trabajo de los menores de edad en México se permite a partir de los 15 años, excepciones tienen aquellos niños artesanos o los pequeños artistas de diversos géneros como el cine, el teatro y la televisión.

Pero con relación al teletrabajo y el desarrollo de programas para miles de actividades y demás cuestiones de formulación de algoritmos y manejo de códigos, resulta que la regulación del teletrabajo no los tiene en la mira, ni desde la perspectiva de la propia Ley Federal del Trabajo ni de la futura Norma Oficial Mexicana 037. Esto se debe al desconocimiento profundo en el tema. Tener ignorancia sobre el mismo, como ya he mencionado, no implica que no se esté desarrollando o que no se vaya a desarrollar.

Así que el tema amerita un análisis profundo, pues tiene perspectivas de diversos tipos. Es una élite la que tiene este tipo de conocimientos, que no necesariamente la han obtenido vía educación formal, sino por autoaprendizaje o a través comunidades dentro de internet que se enseñan unos a otros; a través de programas e intereses comunes sobre sistemas complejos que los han hecho llegar a conocimientos de alta competencia y que son reconocidos por las empresas al realizar actividades de intromisión dentro de los espacios de éstas (hackeo) o de creación, al modificar los juegos donde se conectan, generando mayores audiencias e intereses entre sus jugadores. No por certificaciones, pues siguen siendo menores de edad.

Así, estas personas jóvenes se han convertido en un factor diferencial, en donde se reconoce un talento que se debe reclutar.

En cuanto a los pagos, las alternativas son infinitas y alternas a lo que regularmente conocemos como salario monetario, ya que para muchos son más valiosas otras alternativas como retribución. Estamos hablando de pagos vía equipos, conductores, bitcoin, pagos de educación especializada, proyectos, estancias en otros países. Es decir, algunas cosas prohibidas por la Ley Federal del Trabajo, ya que sus Artículos 101 y 102 plantean que el salario deberá pagarse en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda. En el caso de estos especialistas, no necesariamente será así.

Otros puntos a tener en cuenta son aquellos referidos a la materia impositiva dentro de la circunscripción mexicana, ya que se trata de menores de edad. También la protección mediante seguridad social que podría ser proporcionada en nuestro país como trabajador o el ahorro en moneda extranjera.

Hay que tener en cuenta que un padre, madre o tutor, quizá estén muy alejados del conocimiento de estos sistemas y que la protección vía policía cibernética tendría que ser una obligación del Estado, si la solicitan sus responsables legales.

Por supuesto, hablar del trabajo infantil de pronto resultaría en un rechazo unánime, pero me parece que debemos explorar y analizar nuevas circunstancias de vida que se presentan y serán futuro de nuestras sociedades; detectar si se trata o no de una oportunidad de vida y de trabajo o quizá de satisfacción. Hay que saber, por supuesto, que esto no se detendrá y que es mejor tener conocimiento para poder regular de una forma adecuada y no pretender anularlas mediante percepciones limitantes.

CON INFORMACIÓN VÍA EL ECONOMISTA

Pretende AMLO controlar al IFT

Con información de El Heraldo de México

CIUDAD DE MÉXICO.-La carencia de los nombramientos para comisionados en el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) obedece a que el presidente Andrés Manuel López Obrador quiere un control político de las instituciones y de los agentes regulados, de acuerdo a expertos del sector.


«El Presidente desconfía de los órganos autónomos, quisiera tener un control sobre estas instituciones y que el Gobierno regule los sectores», afirmó Jorge Bravo, presidente de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi).


Explicó que en el sector de energía el primer mandatario ya logró su objetivo de control; ahora pretende que lo mismo suceda con el sector de telecomunicaciones e incluso el de competencia económica.
«Controlar de forma discrecional y política, él no cree en una regulación sólo técnica, él cree que eso es tecnócrata, que es un resabio del neoliberalismo y por eso desconfía, pero es por desconocimiento», acusó Bravo.


A fin de contar con las comisionadas, fue el propio regulador quien en días pasados levantó una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia (SCJN).


El pasado miércoles, la Corte admitió la demanda y dio un plazo máximo de 30 días hábiles para contestarle al IFT.


Además agregó que el poco interés que tiene el presidente de México por conservar a los organismos autónomos como la Comisión Federal de Competencia Económica, la Comisión Reguladora de Energía y el mismo IFT, se demuestra a través de los ajustes presupuestales durante los últimos años.


Por su parte, Gabriel Székely, director general de Asociación Nacional de Telecomunicaciones (Anatel), sostuvo que los nombramientos no se dan porque existen muchos intereses técnicos de por medio.
Sostuvo que los perfiles de los candidatos deben ser expertos en temas de política pública, ingeniería, tecnología, economía, temas legales y regulatorios.


«Realmente es muy complejo y formar gente que esté solo un par de años; y luego se vayan por que hay un cambio de gobierno, no es una buena inversión para el Estado Mexicano», dijo.


Añadió que, tanto para empresas como para la propia industria, los elementos que deben estar dentro del IFT debería tomar decisiones acertadas y argumentadas, y no solo «estén justificando su existencia».